30 septiembre , 2023
Noticias de última hora
37 lecturas

» Ley Corta 1468 de restitución de derechos laborales » ya es vigente

  1. Luego de incontables marchas de trabajadores despedidos ilegales, crucifixiones en vía pública, tomas de oficinas judiciales y fiscalías, denuncias de acuerdos dudosos de empresarios con abogados, jueces y fiscales, el 30 de septiembre se promulgó la “Ley Corta 1448 de Restitución de Derechos Laborales”.
  2. La norma era largamente esperada por 5.000 familias de trabajadores despedidos ilegales: fabriles, mineros, gastronómicos, de servicios, constructores y de otros sectores, quienes ganaron veintena de inapelables sentencias constitucionales del TCP que, sin embargo NO eran ejecutadas por acción dilatoria de abogados corporativos y hasta humillación de parte de empresarios.
  3. Ejemplo de este incumplimiento son las CUATRO inapelables sentencias constitucionales ganadas por los trabajadores cruceños de la Empresa Minera Paitití – Don Mario: SC 321/2021-S1, SC 374/2021-S2, SC 346/2021-S1, SC 1/2022-S4. Esos definitivos dictámenes constitucionales nunca fueron cumplidos por la empresa transnacional Orvana Minerals Corp cuyo socio más notorio es Gonzalo Sánchez de Lozada, ex presidente de Bolivia.
  4. Esos trabajadores cruceños cumplen cinco meses de vigilia en la sede de la Federación Sindical de Trabajadores Mineros de Bolivia FSTMB en el Prado de La Paz.
  5. Otros ejemplos: La inapelable Sentencia Constitucional 260/2020-S4 fue ganada por los fabriles cruceños despedidos ilegales de IncerCruz. Como represalia, los empresarios iniciaron juicios penales a los dirigentes sindicales, vulnerando la Constitución y la Ley General del Trabajo que amparan el Fuero Sindical, y violando instructivos específicos del Tribunal Supremo de Justicia y de la Fiscalía General del Estado.
  6. El caso “Cerámica Santa Cruz” es más patético. En noviembre 2021 los trabajadores despedidos ilegales ganaron el proceso con la inapelable Sentencia Constitucional SC 875/2021-S4, que ordena a la empresa y a las autoridades judiciales: Restituir a los trabajadores y DIRIGENTES despedidos ilegales, más el pago de DOS años de salarios adeudados. En marzo de 2022, la empresa los reincorporó pero nunca les paga salario, en flagrante humillación pública.
  7. Sindicatos de base, federaciones, confederaciones y la propia Central Obrera Boliviana COB exigieron, en diversos ampliados, conferencias, oportunidades la aprobación de esta norma.
  8. Inclusive, fabriles cruceños de los sindicatos Belén, Cerámica Santa Cruz, Totaí Citrus, y de los cochabambinos VidrioLux, tarijeños azucareros de IABSA, paceños de LaraBish marcharon desde Caracollo a La Paz, con “postas” luego que la ministra de Trabajo frenó en Patacamaya dicha marcha que fue retomada por otros sectores.
  9. La nueva norma dispone procedimiento, de 40 días aproximados para hacer cumplir mandatos de la Constitución Política del Estado y de la Ley General del Trabajo para restituir a trabajadores despedidos ilegales y pagarles salarios devengados. Los encargados de este cumplimiento son: Direcciones Departamentales del Trabajo del Ministerio respectivo y jueces laborales

También le puede Interesar

!Urgente! El Tribunal Supremo Electoral suspenderá la supervición del Congreso del MAS-IPSP de LaucaÑ por un serie de observaciones

Smd 28 de septiembre 2023.- La sala plena del Tribunal Supremo Electoral está considerando el …

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Rumbo al Bicentenario


This will close in 5 seconds


Notice: ob_end_flush(): failed to send buffer of zlib output compression (0) in /home/httpsinmordazadi/public_html/wp-includes/functions.php on line 5349