- Luego de incontables marchas de trabajadores despedidos ilegales, crucifixiones en vía pública, tomas de oficinas judiciales y fiscalías, denuncias de acuerdos dudosos de empresarios con abogados, jueces y fiscales, el 30 de septiembre se promulgó la “Ley Corta 1448 de Restitución de Derechos Laborales”.
- La norma era largamente esperada por 5.000 familias de trabajadores despedidos ilegales: fabriles, mineros, gastronómicos, de servicios, constructores y de otros sectores, quienes ganaron veintena de inapelables sentencias constitucionales del TCP que, sin embargo NO eran ejecutadas por acción dilatoria de abogados corporativos y hasta humillación de parte de empresarios.
- Ejemplo de este incumplimiento son las CUATRO inapelables sentencias constitucionales ganadas por los trabajadores cruceños de la Empresa Minera Paitití – Don Mario: SC 321/2021-S1, SC 374/2021-S2, SC 346/2021-S1, SC 1/2022-S4. Esos definitivos dictámenes constitucionales nunca fueron cumplidos por la empresa transnacional Orvana Minerals Corp cuyo socio más notorio es Gonzalo Sánchez de Lozada, ex presidente de Bolivia.
- Esos trabajadores cruceños cumplen cinco meses de vigilia en la sede de la Federación Sindical de Trabajadores Mineros de Bolivia FSTMB en el Prado de La Paz.
- Otros ejemplos: La inapelable Sentencia Constitucional 260/2020-S4 fue ganada por los fabriles cruceños despedidos ilegales de IncerCruz. Como represalia, los empresarios iniciaron juicios penales a los dirigentes sindicales, vulnerando la Constitución y la Ley General del Trabajo que amparan el Fuero Sindical, y violando instructivos específicos del Tribunal Supremo de Justicia y de la Fiscalía General del Estado.
- El caso “Cerámica Santa Cruz” es más patético. En noviembre 2021 los trabajadores despedidos ilegales ganaron el proceso con la inapelable Sentencia Constitucional SC 875/2021-S4, que ordena a la empresa y a las autoridades judiciales: Restituir a los trabajadores y DIRIGENTES despedidos ilegales, más el pago de DOS años de salarios adeudados. En marzo de 2022, la empresa los reincorporó pero nunca les paga salario, en flagrante humillación pública.
- Sindicatos de base, federaciones, confederaciones y la propia Central Obrera Boliviana COB exigieron, en diversos ampliados, conferencias, oportunidades la aprobación de esta norma.
- Inclusive, fabriles cruceños de los sindicatos Belén, Cerámica Santa Cruz, Totaí Citrus, y de los cochabambinos VidrioLux, tarijeños azucareros de IABSA, paceños de LaraBish marcharon desde Caracollo a La Paz, con “postas” luego que la ministra de Trabajo frenó en Patacamaya dicha marcha que fue retomada por otros sectores.
- La nueva norma dispone procedimiento, de 40 días aproximados para hacer cumplir mandatos de la Constitución Política del Estado y de la Ley General del Trabajo para restituir a trabajadores despedidos ilegales y pagarles salarios devengados. Los encargados de este cumplimiento son: Direcciones Departamentales del Trabajo del Ministerio respectivo y jueces laborales
